Gacetillas

Ampliación de denuncia contra Cristina Kirchner y Ricardo Echegaray

Debido a las últimas resoluciones de AFIP Carrió se presentó a la Justicia para ampliar su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Ricardo Echegaray por abuso de poder, exacciones ilegales, administración fraudulenta y violación de deberes de fu

05/09/2012


La diputada Nacional Elisa Carrió (Coalición Cívica ARI) afirmó hoy que “Los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones”, al tiempo que sostuvo que  “la AFIP pretende convertirse en una parodia de triple A persiguiendo a los ciudadanos”. Debido a las últimas resoluciones de AFIP se presentó a la Justicia para ampliar su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Ricardo Echegaray por abuso de poder, exacciones ilegales,  administración fraudulenta y violación de deberes de funcionario público.


“Los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones que ahora quieren usar a los niños para seguir robando”, sostuvo Carrió y acusó a la Presidente de la Nación de ser “la causante de estar quebrando la paz social controlando la vida personal de cada uno de los argentinos “.


Carrió amplió su denuncia penal en virtud de las Resoluciones Generales de la AFIP 3378/2012 Y 3379/2012, que violan los arts. 4, 14, 17, 28, 52, 75 inc. 2, 99 inc. 3 de la Constitución Nacional,


“La Constitución consagra en sus artículos 4º, 52º, 75º Inc. 2 y Art. 99º Inc.3  el principio de Legalidad Tributaria, es decir que todos los impuestos deben ser establecidos por el Congreso de la Nación y que toda norma de naturaleza tributaria es de su exclusiva competencia”, explicó Carrió.


La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden. Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos.

La resoluciones de la AFIP no pueden obligar el adelanto de posibles impuestos, ni establecer retención de dinero en concepto de pago de impuestos cuando no hay hecho imponible alguno que gravar. Circunstancia que perjudica principalmente a los empleados en relación de dependencia y monotributistas que no tributan impuesto a las ganancias. Cualquiera de estas medidas, corresponden al Congreso de la Nación. Sumado a lo cual las medidas referidas podrían configurar la creación de un nuevo impuesto por obra de la exclusiva voluntad del titular de la AFIP y de la Presidente la Nación.


Por otra parte, el artículo 14 de nuestra Constitución garantiza a todos los habitantes de la Nación el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino. Que mediante las disposiciones cuestionadas esta siendo limitado de manera arbitraria.


La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden. Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos.


El 2 de agosto, la diputada denunció ante la Justicia para que se investigue por el delito de abuso de autoridad a la Presidenta de la Nación, Cristina Kirchner y otros funcionarios por el cepo al acceso a los dólares. Esa causa tramita en el Juzgado de Servini de Cubría y existe un requerimiento del Fiscal Stornelli en el que imputa a la Presidente de la Nación y funcionarios de su gobierno por el cepo al dólar y la utilización de las reservas del Banco Central para financiar al Tesoro Nacional.



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